/ lunes 5 de septiembre de 2022

Observatorio Ciudadano | Ingresos excedentes, no son de libre ‘manoteo’

En mi columna anterior expuse la forma que el municipio de Mazatlán puede utilizar los ingresos excedentes, de acuerdo con lo que establece la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; expliqué, entre otras cosas, que se pueden utilizar en pago de sentencias definitivas emitidas por autoridad o destinarlo a fondos de pensiones. En ese contexto, ahora expongo los conceptos en los que no se pueden utilizar esos mismos ingresos excedentes.

La Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios define los ingresos excedentes como “los recursos que durante el ejercicio fiscal se obtienen en exceso de los aprobados en la Ley de Ingresos”, es decir, se consideran ingresos excedentes a todos aquellos que se obtengan una vez que se logre recaudar la totalidad de los ingresos que fueron presupuestados.

La Ley también establece que “no procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos, determinado por ley posterior o con cargo a Ingresos excedentes”. Esto quiere decir que aquellas partidas que, de origen, no tengan asignado recursos en el Presupuesto de Egresos no pueden ser pagadas aún cuando el pago se determine por la modificación alguna Ley o que se hagan con recursos provenientes de los ingresos excedentes.

Menciono esto porque en la sesión pasada del Cabildo de Mazatlán, se votó a favor de un dictamen que presentó la Comisión de Hacienda donde solicitó autorización para la modificación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022.

La justificación de los regidores de dicha Comisión es que el titular de la Dirección de Ingresos Municipales “estima recaudar un aproximado de $136.7 millones de pesos adicionales a los presupuestados inicialmente en la Ley de ingresos Municipales para el Municipio de Mazatlán para el ejercicio fiscal 2022”, la propuesta se hizo con base en una simple estimación, sin fechas de metas, ni indicadores reales para alcanzar esos ingresos excedentes. En pocas palabras se consideró un recurso que no existe todavía.

En la sesión tampoco se presentaron metas alcanzadas al corte del segundo trimestre de 2022, de eso tenemos información que de los 2,521 millones de pesos que se estimaba recaudar sólo se habían logrado 1,662 millones de pesos, apenas se alcanzó cerca del 66 por ciento de la meta, por lo que a esa fecha no existían ingresos excedentes que el Cabildo ya estaba considerando disponer; en la sesión tampoco se presentaron resultados de metas logradas a la fecha de presentación del dictamen. Es importante precisar que el dictamen que presentó la Comisión de Hacienda para modificar el presupuesto y usar recursos excedentes no es público, sólo lo tiene el Cabildo.

Como organización tuvimos acceso a una copia de ese dictamen, donde se indica que los recursos excedentes se destinarán para lo siguiente: Compra de maquinaria solicitada por la Dirección de Obras Públicas, con un costo de 29 millones de pesos; contratación de servicio de vuelo fotogramétrico y actualización de catastro solicitado por la Dirección de Ingresos Municipales, con un costo de 15 millones de pesos; aportación de 8.5 millones de pesos, para que, conjuntamente con el Gobierno del Estado de Sinaloa, mostrar un espectáculo con duración de 14 minutos en la apertura del evento de la Formula 1 Gran Premio en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2022; y 70 millones para el pago de resoluciones judiciales (para el cumplimiento de cuatro sentencias), así como la homologación de pensión de viudas de policías, pagos retroactivos e incrementos de aguinaldos a elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal.

De acuerdo con las definiciones que mencioné y que establece la Ley, todos estos gastos no se pueden hacer por la sencilla razón que, a la fecha en que se autorizaron, no se ha alcanzado la meta de ingresos propuestos para el ejercicio, el Ayuntamiento de Mazatlán no tiene ingresos excedentes para cubrirlos; y si fuera el caso, que a la fecha en que se autorizó el dictamen hubiera ingresos excedentes, los gastos propuestos, con excepción de los que se tiene que hacer por resolución judicial o la homologación de pensión de viudas de policías, pagos retroactivos e incrementos de aguinaldos a elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, deben cumplir con los requisitos que establece la Ley para realizarlos. En pocas palabras, los ingresos excedentes, no son de libre disposición.

Es importante precisar que los miembros del Cabildo de Mazatlán que votaron a favor del dictamen podrían incurrir en responsabilidades administrativas por contravenir la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y, de realizarse algún pago también podrían caer en desvío de recursos públicos, de eso abundaré en mi siguiente entrega, por ahora me despido, espero con gusto sus comentarios en mi correo electrónico.


“Cada derecho implica una responsabilidad; cada oportunidad, una obligación; cada posesión un deber”.

John D. Rockefeller

Empresario estadounidense.

observatoriociudadanomzt@hotmail.com

@observatoriomzt

FB: Observatorio Ciudadano de Mazatlán

IG: observatorio ciudadanomzt

*El autor es Director de la Asociación Civil Observatorio Ciudadano de Mazatlán. Contador Público y estudiante de Derecho, especializado en auditorías a recursos públicos y temas anticorrupción.

En mi columna anterior expuse la forma que el municipio de Mazatlán puede utilizar los ingresos excedentes, de acuerdo con lo que establece la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; expliqué, entre otras cosas, que se pueden utilizar en pago de sentencias definitivas emitidas por autoridad o destinarlo a fondos de pensiones. En ese contexto, ahora expongo los conceptos en los que no se pueden utilizar esos mismos ingresos excedentes.

La Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios define los ingresos excedentes como “los recursos que durante el ejercicio fiscal se obtienen en exceso de los aprobados en la Ley de Ingresos”, es decir, se consideran ingresos excedentes a todos aquellos que se obtengan una vez que se logre recaudar la totalidad de los ingresos que fueron presupuestados.

La Ley también establece que “no procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos, determinado por ley posterior o con cargo a Ingresos excedentes”. Esto quiere decir que aquellas partidas que, de origen, no tengan asignado recursos en el Presupuesto de Egresos no pueden ser pagadas aún cuando el pago se determine por la modificación alguna Ley o que se hagan con recursos provenientes de los ingresos excedentes.

Menciono esto porque en la sesión pasada del Cabildo de Mazatlán, se votó a favor de un dictamen que presentó la Comisión de Hacienda donde solicitó autorización para la modificación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022.

La justificación de los regidores de dicha Comisión es que el titular de la Dirección de Ingresos Municipales “estima recaudar un aproximado de $136.7 millones de pesos adicionales a los presupuestados inicialmente en la Ley de ingresos Municipales para el Municipio de Mazatlán para el ejercicio fiscal 2022”, la propuesta se hizo con base en una simple estimación, sin fechas de metas, ni indicadores reales para alcanzar esos ingresos excedentes. En pocas palabras se consideró un recurso que no existe todavía.

En la sesión tampoco se presentaron metas alcanzadas al corte del segundo trimestre de 2022, de eso tenemos información que de los 2,521 millones de pesos que se estimaba recaudar sólo se habían logrado 1,662 millones de pesos, apenas se alcanzó cerca del 66 por ciento de la meta, por lo que a esa fecha no existían ingresos excedentes que el Cabildo ya estaba considerando disponer; en la sesión tampoco se presentaron resultados de metas logradas a la fecha de presentación del dictamen. Es importante precisar que el dictamen que presentó la Comisión de Hacienda para modificar el presupuesto y usar recursos excedentes no es público, sólo lo tiene el Cabildo.

Como organización tuvimos acceso a una copia de ese dictamen, donde se indica que los recursos excedentes se destinarán para lo siguiente: Compra de maquinaria solicitada por la Dirección de Obras Públicas, con un costo de 29 millones de pesos; contratación de servicio de vuelo fotogramétrico y actualización de catastro solicitado por la Dirección de Ingresos Municipales, con un costo de 15 millones de pesos; aportación de 8.5 millones de pesos, para que, conjuntamente con el Gobierno del Estado de Sinaloa, mostrar un espectáculo con duración de 14 minutos en la apertura del evento de la Formula 1 Gran Premio en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2022; y 70 millones para el pago de resoluciones judiciales (para el cumplimiento de cuatro sentencias), así como la homologación de pensión de viudas de policías, pagos retroactivos e incrementos de aguinaldos a elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal.

De acuerdo con las definiciones que mencioné y que establece la Ley, todos estos gastos no se pueden hacer por la sencilla razón que, a la fecha en que se autorizaron, no se ha alcanzado la meta de ingresos propuestos para el ejercicio, el Ayuntamiento de Mazatlán no tiene ingresos excedentes para cubrirlos; y si fuera el caso, que a la fecha en que se autorizó el dictamen hubiera ingresos excedentes, los gastos propuestos, con excepción de los que se tiene que hacer por resolución judicial o la homologación de pensión de viudas de policías, pagos retroactivos e incrementos de aguinaldos a elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, deben cumplir con los requisitos que establece la Ley para realizarlos. En pocas palabras, los ingresos excedentes, no son de libre disposición.

Es importante precisar que los miembros del Cabildo de Mazatlán que votaron a favor del dictamen podrían incurrir en responsabilidades administrativas por contravenir la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y, de realizarse algún pago también podrían caer en desvío de recursos públicos, de eso abundaré en mi siguiente entrega, por ahora me despido, espero con gusto sus comentarios en mi correo electrónico.


“Cada derecho implica una responsabilidad; cada oportunidad, una obligación; cada posesión un deber”.

John D. Rockefeller

Empresario estadounidense.

observatoriociudadanomzt@hotmail.com

@observatoriomzt

FB: Observatorio Ciudadano de Mazatlán

IG: observatorio ciudadanomzt

*El autor es Director de la Asociación Civil Observatorio Ciudadano de Mazatlán. Contador Público y estudiante de Derecho, especializado en auditorías a recursos públicos y temas anticorrupción.