/ viernes 4 de marzo de 2022

Un Ayuntamiento cómodo y un tesorero acomedido

Transparencia y rendición de cuentas parecen temas sencillos de exponer, sin embargo, en general, no tenemos la mínima idea de lo que se trata, lo digo porque para exigir transparencia y rendición de cuentas al nuestro Gobierno primero debemos de tener muy claro esos conceptos para saber nuestros alcances como ciudadanos. En su caso, la autoridad también debe tenerlo claro y preciso porque son ellos los responsables directos de darnos esa rendición de cuentas.

En una democracia, el Ayuntamiento es el órgano máximo de gobierno municipal, la Constitución establece que estarán conformados por un presidente o presidenta municipal, y el número de regidurías y sindicaturas que la Ley determine. Es decir, son ellos los responsables de generar la transparencia de nuestros recursos y de rendir cuentas a la sociedad. La Ley es clara y precisa.

Y lo traigo a colación porque en días pasados se publicó en medios de comunicación una declaración del tesorero municipal, Javier Alarcón Lizárraga, donde aseguró que presentó en tiempo y forma la cuenta pública del cuarto trimestre del 2021 ante la Auditoría Superior del Estado, sin duda un ejemplo de rendición de cuentas, pero el tesorero no tiene facultades para hacerlo, y no lo digo yo, aquí está el fundamento.

El Artículo 42 de la Ley de la Auditoría Superior del Estado establece que los ayuntamientos son los que presentarán al Congreso del Estado un informe de avance de gestión financiera trimestral, es decir es el Ayuntamiento quien debe presentar la cuenta pública ante la Auditoría Superior, no el tesorero.

Incluso la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, en su Artículo 28, fracción V también señala que una de las facultades y obligaciones de los ayuntamientos en materia de Hacienda es formular la cuenta pública mensual dentro de los primeros quince días del mes siguiente al que corresponda y presentarla al Congreso, y que dicha cuenta será revisada por el Síndico Procurador. De nueva cuenta la Ley establece que la obligación es del Ayuntamiento, no del tesorero.

En el caso del Reglamento de Gobierno del Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán en la fracción VII del artículo 43, se indica que compete al Ayuntamiento rendir la cuenta pública mensual al Congreso del Estado, no menciona al tesorero como responsable de ese trabajo.

Así queda claro que la responsabilidad de presentar la cuenta pública es del absolutamente del Ayuntamiento y para los regidores es la exigencia, que asuman la responsabilidad del cargo, para eso llegaron desde noviembre del año pasado, ya tienen tres meses en el cargo.

Si hacemos un recuento, en ninguna de las sesiones de Cabildo los nuevos regidores han tratado el tema de la formulación de la cuenta pública, pese que tienen la responsabilidad. Es muy cómodo dejar esa tarea en otras manos, en el tesorero, por ejemplo, sin facultades. ¿Los regidores estarán enterados que al tesorero no le corresponde esa tarea? No es recomendable que el encargado de las finanzas municipales sea el mismo que presente la cuenta pública al Congreso eso resta confianza ciudadana, y lo debería saber. Además también se puede pensar en una práctica arbitraria por parte del tesorero, ni modo que no sepa cuáles son los alcances de sus funciones.

En Observatorio Ciudadano de Mazatlán hemos documentado otros casos similares, en los que el tesorero asume atribuciones que no le corresponden y que son facultades del ayuntamiento, pronto las daremos a conocer en otras entregas; y de ser el caso, lo denunciaremos ante las autoridades correspondientes como hemos denunciado otros actos que presumen arbitrariedad.

Este caso evidencia la comodidad o desconocimiento de las leyes de los regidores y el abuso de funciones del tesorero desde su cargo ¿Por qué tanta confianza?

Por hoy me despido, esperando que siempre reflexionemos sobre los asuntos públicos; recibo sus comentarios o sugerencias.

“El primer acto de corrupción que un funcionario público comete es aceptar un cargo para el cual no tiene las competencias necesarias”.

Anónimo.

observatoriociudadanomzt@hotmail.com

@observatoriomzt

FB: Observatorio Ciudadano de Mazatlán

IG: observatorio ciudadanomzt

*El autor es Director de la Asociación Civil Observatorio Ciudadano de Mazatlán. Contador Público y estudiante de Derecho, especializado en auditorías a recursos públicos y temas anticorrupción

Transparencia y rendición de cuentas parecen temas sencillos de exponer, sin embargo, en general, no tenemos la mínima idea de lo que se trata, lo digo porque para exigir transparencia y rendición de cuentas al nuestro Gobierno primero debemos de tener muy claro esos conceptos para saber nuestros alcances como ciudadanos. En su caso, la autoridad también debe tenerlo claro y preciso porque son ellos los responsables directos de darnos esa rendición de cuentas.

En una democracia, el Ayuntamiento es el órgano máximo de gobierno municipal, la Constitución establece que estarán conformados por un presidente o presidenta municipal, y el número de regidurías y sindicaturas que la Ley determine. Es decir, son ellos los responsables de generar la transparencia de nuestros recursos y de rendir cuentas a la sociedad. La Ley es clara y precisa.

Y lo traigo a colación porque en días pasados se publicó en medios de comunicación una declaración del tesorero municipal, Javier Alarcón Lizárraga, donde aseguró que presentó en tiempo y forma la cuenta pública del cuarto trimestre del 2021 ante la Auditoría Superior del Estado, sin duda un ejemplo de rendición de cuentas, pero el tesorero no tiene facultades para hacerlo, y no lo digo yo, aquí está el fundamento.

El Artículo 42 de la Ley de la Auditoría Superior del Estado establece que los ayuntamientos son los que presentarán al Congreso del Estado un informe de avance de gestión financiera trimestral, es decir es el Ayuntamiento quien debe presentar la cuenta pública ante la Auditoría Superior, no el tesorero.

Incluso la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, en su Artículo 28, fracción V también señala que una de las facultades y obligaciones de los ayuntamientos en materia de Hacienda es formular la cuenta pública mensual dentro de los primeros quince días del mes siguiente al que corresponda y presentarla al Congreso, y que dicha cuenta será revisada por el Síndico Procurador. De nueva cuenta la Ley establece que la obligación es del Ayuntamiento, no del tesorero.

En el caso del Reglamento de Gobierno del Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán en la fracción VII del artículo 43, se indica que compete al Ayuntamiento rendir la cuenta pública mensual al Congreso del Estado, no menciona al tesorero como responsable de ese trabajo.

Así queda claro que la responsabilidad de presentar la cuenta pública es del absolutamente del Ayuntamiento y para los regidores es la exigencia, que asuman la responsabilidad del cargo, para eso llegaron desde noviembre del año pasado, ya tienen tres meses en el cargo.

Si hacemos un recuento, en ninguna de las sesiones de Cabildo los nuevos regidores han tratado el tema de la formulación de la cuenta pública, pese que tienen la responsabilidad. Es muy cómodo dejar esa tarea en otras manos, en el tesorero, por ejemplo, sin facultades. ¿Los regidores estarán enterados que al tesorero no le corresponde esa tarea? No es recomendable que el encargado de las finanzas municipales sea el mismo que presente la cuenta pública al Congreso eso resta confianza ciudadana, y lo debería saber. Además también se puede pensar en una práctica arbitraria por parte del tesorero, ni modo que no sepa cuáles son los alcances de sus funciones.

En Observatorio Ciudadano de Mazatlán hemos documentado otros casos similares, en los que el tesorero asume atribuciones que no le corresponden y que son facultades del ayuntamiento, pronto las daremos a conocer en otras entregas; y de ser el caso, lo denunciaremos ante las autoridades correspondientes como hemos denunciado otros actos que presumen arbitrariedad.

Este caso evidencia la comodidad o desconocimiento de las leyes de los regidores y el abuso de funciones del tesorero desde su cargo ¿Por qué tanta confianza?

Por hoy me despido, esperando que siempre reflexionemos sobre los asuntos públicos; recibo sus comentarios o sugerencias.

“El primer acto de corrupción que un funcionario público comete es aceptar un cargo para el cual no tiene las competencias necesarias”.

Anónimo.

observatoriociudadanomzt@hotmail.com

@observatoriomzt

FB: Observatorio Ciudadano de Mazatlán

IG: observatorio ciudadanomzt

*El autor es Director de la Asociación Civil Observatorio Ciudadano de Mazatlán. Contador Público y estudiante de Derecho, especializado en auditorías a recursos públicos y temas anticorrupción