/ domingo 14 de agosto de 2022

Pensión por vejez, viudez o invalidez no podrá ser menor al salario mínimo

Esto se sienta precedente para todas aquellas pensiones cuyo importe sea menor a los cinco mil 186 pesos mensuales

La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) y el Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Laboral de la CDMX, determinaron en dos casos distintos que la pensión por viudez, invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, no puede ser inferior al salario mínimo en la capital de la República que es de 172.87 pesos diarios.

Con esto se sienta precedente para todas aquellas pensiones cuyo importe sea menor a los cinco mil 186 pesos mensuales.

Te recomendamos: ¿Dónde y cómo saber cuántas semanas cotizadas tienes ante el IMSS?

El secretario general de la Federación de Agrupaciones Obreras de la República Mexicana (FAO), Iván Navarro Morales, promotor de ambas demandas, explicó que esto sienta un precedente importante.

“Incluso, en algunos casos, tomando en consideración asignaciones familiares, el incremento podría ser de hasta cerca de los seis mil pesos”.

Recordó que existe un laudo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) y una sentencia del Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Laboral, que sostienen en ambos casos “que la pensión no puede ser menor a un salario mínimo porque se lesiona el principio de mínimo vital para grupos vulnerables”.

El abogado experto en Derecho Laboral y especialista en la Ley del Seguro Social, en entrevista en sus oficinas del Congreso del Trabajo dio a conocer que en México hay un considerable número de pensionados que reciben menos de los cinco mil 186 pesos mensuales.

“Por lo que ambas sentencias promovidas por la Federación de Agrupaciones Obreras de la República Mexicana (FAO), sientan una base legal, firme y un antecedente para las personas que quieran pelear por este derecho, que además es inextinguible, esto es, no caduca”.

Explicó que lo que quieren decir ambas sentencias es que hay una base legal firme para iniciar el proceso para que se les pague lo que corresponde y puedan demandar en tribunales.

Detalló que para obtener el ajuste en la pensión, las personas con montos inferiores a los cinco mil 186 pesos mensuales, deben contar con su resolución favorable de pensión del Seguro Social sea Ley 1973 o Ley 1997.

Además, deben tener un Informe de Pago de Pensión para acreditar que ganan menos de un salario mínimo y solicitar un amparo o establecer una demanda para reclamar el ajuste ante la autoridad correspondiente.

Comentó el abogado Navarro Morales que “no hemos encontrado ningún juicio hasta ahora que sea contrario a lo que resolvieron la JFCA y el Tribunal, debido a que existe un principio de realidad en la Ley Laboral, donde el juez está obligado a observar la cuestión real.

“En este caso, que una persona mayor de 60 años no puede vivir con una pensión menor al salario mínimo”.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Expresó que en las Juntas de Conciliación existe un atraso en las sentencias para determinar casos como éstos, donde se pueden demorar entre 10 y 48 meses en obtener una sentencia favorable.

La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) y el Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Laboral de la CDMX, determinaron en dos casos distintos que la pensión por viudez, invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, no puede ser inferior al salario mínimo en la capital de la República que es de 172.87 pesos diarios.

Con esto se sienta precedente para todas aquellas pensiones cuyo importe sea menor a los cinco mil 186 pesos mensuales.

Te recomendamos: ¿Dónde y cómo saber cuántas semanas cotizadas tienes ante el IMSS?

El secretario general de la Federación de Agrupaciones Obreras de la República Mexicana (FAO), Iván Navarro Morales, promotor de ambas demandas, explicó que esto sienta un precedente importante.

“Incluso, en algunos casos, tomando en consideración asignaciones familiares, el incremento podría ser de hasta cerca de los seis mil pesos”.

Recordó que existe un laudo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) y una sentencia del Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Laboral, que sostienen en ambos casos “que la pensión no puede ser menor a un salario mínimo porque se lesiona el principio de mínimo vital para grupos vulnerables”.

El abogado experto en Derecho Laboral y especialista en la Ley del Seguro Social, en entrevista en sus oficinas del Congreso del Trabajo dio a conocer que en México hay un considerable número de pensionados que reciben menos de los cinco mil 186 pesos mensuales.

“Por lo que ambas sentencias promovidas por la Federación de Agrupaciones Obreras de la República Mexicana (FAO), sientan una base legal, firme y un antecedente para las personas que quieran pelear por este derecho, que además es inextinguible, esto es, no caduca”.

Explicó que lo que quieren decir ambas sentencias es que hay una base legal firme para iniciar el proceso para que se les pague lo que corresponde y puedan demandar en tribunales.

Detalló que para obtener el ajuste en la pensión, las personas con montos inferiores a los cinco mil 186 pesos mensuales, deben contar con su resolución favorable de pensión del Seguro Social sea Ley 1973 o Ley 1997.

Además, deben tener un Informe de Pago de Pensión para acreditar que ganan menos de un salario mínimo y solicitar un amparo o establecer una demanda para reclamar el ajuste ante la autoridad correspondiente.

Comentó el abogado Navarro Morales que “no hemos encontrado ningún juicio hasta ahora que sea contrario a lo que resolvieron la JFCA y el Tribunal, debido a que existe un principio de realidad en la Ley Laboral, donde el juez está obligado a observar la cuestión real.

“En este caso, que una persona mayor de 60 años no puede vivir con una pensión menor al salario mínimo”.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Expresó que en las Juntas de Conciliación existe un atraso en las sentencias para determinar casos como éstos, donde se pueden demorar entre 10 y 48 meses en obtener una sentencia favorable.

Local

Llaman a hombres a checarse desde los 40 años para prevenir cáncer de próstata

Urólogo dice que los varones de entre 60 y 65 años deben realizarse estudios cada seis meses

Policiaca

Hallan a 3 ‘embolsados’ en avenida Obregón, al sur de Culiacán

Los cadáveres estaban en avanzado estado de descomposición; presentaban impactos de bala

Policiaca

Hallan sin vida a hombre en laguna del campo pesquero Las Puentes, en Villa Juárez

El cuerpo fue localizado la mañana de este domingo junto a las varas donde anclan las pangas

Local

Arrancan 16 días de activismo para erradicar la violencia contra las mujeres en Sinaloa

El gobernador da el banderazo de la jornada en la entidad con la Caminata Naranja

Local

Rocha presenta a Sheinbaum 4 proyectos de movilidad para Sinaloa; en 15 días habrá definición

Son dos obras para Culiacán, una para Mazatlán y otra para Guasave, asegura el mandatario estatal

Local

Policías de Culiacán recibirán incremento salarial del 5.88 por ciento este año

El alcalde Juan de Dios Gámez Mendívil asegura que en las próximas quincenas se reflejará el aumento a los agentes