Culiacán, Sin.- Después de que el gobernador decidió vetar la cuenta pública del 2017 que el Congreso del Estado rechazó en julio pasado, la Comisión de Fiscalización, que preside el diputado de Morena Marco Antonio Zazueta Zazueta, aprobó solicitar a la Mesa Directiva, interponer Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra del Poder Ejecutivo del Estado.
Seis de los siete legisladores que conforman la Comisión de Fiscalización votaron a favor de la controversia: de Morena Marco Antonio Zazueta Zazueta , y de Morena, Flora Isela Miranda Leal, Cecilia Covarrubias González y Beatriz Adriana Zárate Valenzuela, Jorge Iván Villalobos Seáñez (PAN) y Marco César Almaral Rodríguez (PT). Ana Cecilia Romero (PRI) no estuvo en la votación.
En el considerando del acuerdo que aprobaron, se menciona que si bien es cierto que el artículo 46 de la Constitución del Estado determina que el Ejecutivo, en esa colaboración e interrelación institucional puede hacer observaciones a leyes y decretos que el Congreso aprueba y le envía para su promulgación y publicación, esa actuación está limitada por la naturaleza jurídica del decreto y propiamente del acto en sí.
Esto es, se explica, para hacer observaciones primero debe el Ejecutivo determinar si se trata de disposiciones de decreto ley desde la perspectiva netamente formal legislativa o bien si se trata de un decreto respecto de un acto en sentido materialmente administrativo.
“Es muy claro que el Poder Ejecutivo con el desarrollo del veto, con el que no cuenta para estos casos específicos, pretende intervenir en el desarrollo de las funciones internas del Congreso, con el objeto de que no se le revisen las cuentas públicas”, establece.
Asimismo dice, pretende no se le revisen las cuentas públicas ni a ese Poder, a la administración pública estatal y paraestatal, municipios y sus órganos paramunicipales, a los órganos autónomos, ni a ningún otro en Sinaloa, que realicen gasto público, aun cuando la misma Constitución determina que se pueden vigilar gastos incluso hasta de los particulares que reciban recursos públicos.
“Máxime que esta soberanía observa que en el informe general de resultados, la Auditoría Superior del Congreso omitió deliberadamente demasiada información convirtiendo a este documento en un acto enteramente inconstitucional e ilegal dado que no cumple con los principios de legalidad”, se establece en el documento.
Aun cuando el Ejecutivo tiene la obligación de publicar los decretos que le envíe el Congreso, decide argumentar que éste no cuenta con atribuciones para llevar a cabo la fiscalización de las cuentas; y como él mismo lo dice, se trata de una cuestión interna que corresponde a la Auditoría Superior del Estado.
Por ende la lógica es que no debe intervenir en ese accionar entre dos instituciones que no dependen de su estructura ni está supeditado a su organización ni opiniones. Argumentarlo así, significa que la supremacía de la Constitución dentro de la jerarquización de las normas y por ende el Principio de la División de Poderes, no existen en nuestro sistema jurídico, se lee.
Porque de facto, dice el acuerdo, el Poder Ejecutivo se convierte en un órgano controlador del Poder Legislativo y de la Auditoría Superior del Estado, supeditándolos a sus caprichos y voluntad y con esto, tanto el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, se unirían en una sola persona constituyendo una visión monárquica en completa contradicción a los principios democráticos del sistema, haciendo nugatorio el equilibrio y contrapesos que realizan los poderes.
El Artículo Transitorio destaca que el presente acuerdo entrará en vigor el mismo día de su aprobación por la Comisión Permanente de Fiscalización.
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