Culiacán, Sin.- Por unanimidad el Pleno del Poder Legislativo de Sinaloa aprobó reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones tanto a la Ley de la Auditoría Superior del Estado como a la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa, para hacer más ágil la revisión de Cuentas Públicas y fiscalizar una mayor cantidad de los recursos ejercidos.
El presidente de la Comisión de Fiscalización, Sergio Mario Arredondo, aseguró que con las reformas se hace una aportación en los rubros de transparencia, rendición de cuentas y de combate a la corrupción.
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“La exigencia de la sociedad es tener gobiernos honestos, y ese es el compromiso que hemos tenido de manera plural y abierta”, dijo.
Adicionalmente a las reformas, agregó que hay coincidencia al interior de las dos comisiones para solicitar a la Auditoría Superior del Estado un informe pormenorizado del rezago que se tiene en observaciones hechas a los entes fiscalizables y que no han sido atendidas.
Detalló que muchos de los entes tanto estatales como municipales siempre caen en los mismos errores, por lo que la legislatura deberá de hacer letra viva cada una de las modificaciones que se aprobaron
“Los municipios están viviendo momentos complejos. Estamos viendo cómo las finanzas de los gobiernos municipales se encuentran laceradas y comprometidas a partir de pasivos sin fuentes de pago que se están exponenciando todos los años”, indicó.
Dijo que también es preocupante la persistencia de las adjudicaciones directas en todas las esferas del ámbito público y también la sociedad sigue viendo la falta de sanciones a las distintas autoridades.
CUENTAS PUBLICAS DEBERÁN ENTREGARSE AL CONGRESO A MÁS TARDAR EL 31 DE MARZO
Entre las reformas se encuentra que las Cuentas Públicas deberán presentarse a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente, y no a más tardar el 30 de abril, como está actualmente establecido, aunque se establece la posibilidad de una prórroga hasta esta última fecha.
Igualmente se establece que la entrega del Informe General e Informes Individuales de la revisión y fiscalización será a más tardar el 31 de agosto del año de la presentación de las Cuentas Públicas, y no al 20 de febrero del año siguiente, como está establecido actualmente.
También se instituye que la ASE enviará a las entidades fiscalizadas el correspondiente informe individual que contenga las acciones y recomendaciones a más tardar dentro de un plazo de 8 días naturales siguientes a cuando se haya entregado al Congreso del Estado (en lugar de los 10 días naturales hoy establecidos) y dichas entidades deberán presentar la información y consideraciones pertinentes en un plazo de hasta 20 días naturales (en lugar de los hasta 30 días hábiles establecidos actualmente).
Se establece que ASE deberá emitir un informe final integral sobre el estado que guardan las solventaciones y entregarlo a la Comisión de Fiscalización a más tardar el 01 de noviembre del año de la presentación de la Cuenta Pública.
La aprobación de los dictámenes sobre los informes presentados por la ASE deberán ser aprobados por el Pleno a más tardar el 30 de noviembre del año de su presentación (y no del 31 de octubre del año siguiente, como está actualmente establecido).
Dentro de las reformas aprobadas también se regula la figura de “Auditoría Específica” para que sea el Pleno, la Junta de Coordinación Política o la Comisión de Fiscalización las que puedan solicitarla cuando se presuma “el manejo, aplicación o custodia irregular de recursos públicos estatales, o de su desvío, o en el caso que previa justificación se presente, la revisión de la ges…