Culiacán, Sin. – Diputados y personal del Ayuntamiento analizan la viabilidad de establecer una nueva fórmula para el pago de predios urbanos sin construcción, conocidos como baldíos.
Para ello, el Congreso del Estado instaló una Mesa de Trabajo, presidida por la presidenta de la Junta de Coordinación Política, Graciela Domínguez Nava, y donde participó el presidente municipal de Culiacán Jesús Estrada Ferreiro donde se analizará el tema del Impuesto Predialy urbano
Cabe recordar que fue presentada la Iniciativa de Reforma a la Ley de Hacienda Municipal en octubre de 2019 y que ahora están promoviendo, misma, aclararon, no es con fines recaudatorios, sino que se busca que el Ayuntamiento no siga perdiendo juicios.
El propósito de la iniciativa es precisar que el Impuesto Predial se causará y pagará de acuerdo a lo que resulte al aplicar a la base gravable, la tarifa y tasas anuales que se proponen en dicho apartado y en la mencionada ley.
En la iniciativa se precisa que se busca establecer una nueva fórmula para el pago de predios urbanos sin construcción "baldíos", eliminar la tarifa y tasa anual especial para el pago del Impuesto Predial, tratándose de predios en los que se encuentren ubicados campos de golf.
Asimismo, adicionar disposiciones de carácter imperativo a observar por el ente catastral facultado para la evaluación de las construcciones, excluir a los clubes deportivos del descuento de 50 por ciento en el pago de dicho impuesto.
También disminuir de 9 mil 500 a 5 mil 840 el valor diario máximo de la unidad de medida y actualización en caso de adquisición de casa-habitación tipo interés social, de nueva construcción sobre el cual el impuesto predial se calculará sobre el 32 por ciento de la base gravable.
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En tanto en el Código Fiscal Municipal del Estado de Sinaloa se pretende establecer que para hacer efectivo un crédito fiscal la autoridad fiscal podrá hacer uso de cualquier recurso o procedimiento judicial o extrajudicial, disposición que ostenta de acción real indivisible sobre los bienes muebles o inmuebles que sean fuente de ingresos gravados o cuya propiedad, posesión o transmisión cause impuestos municipales para cobrarse en defecto del pago correspondiente con su valor los impuestos causados.
Al concluir la reunión se acordó otro encuentro entre personal del Congreso y Ayuntamiento para continuar con el análisis.
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