Culiacán,Sin.- Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) revocó la resolución de la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN) quien le negó a Adolfo Beltrán registrarse como aspirante a la dirigencia del blanquiazul en Culiacán.
Cabe recordar que en julio pasado el Comité Estatal le negó el registro como candidato para la reelección de la dirigencia municipal del PAN Culiacán y acusó a la presidenta de la Comisión de Procesos Electorales, Roxana Rubio, de actuar de manera parcial, excesiva y abusiva por lo que presentó su caso ante el TEESIN.
Por ello, en la sentencia, se ordena a dicha comisión del PAN que en un plazo de cinco días contados a partir de que surta efecto la notificación, emita una nueva resolución, misma que deberá ser notificada tanto a Beltrán Corrales como al Tribunal.
Además, se le impuso a Acción Nacional una multa de 8 mil 449 pesos que el INE le deberá descontar de su próxima ministración mensual, debido a que no entregaron el expediente completo solicitado del caso, pese a que primero la Sala Regional de Guadalajara le hizo un requerimiento sin resultado, por lo que el Teesin envió un nuevo requerimiento con apercibimiento, mismo que no llegó en el plazo establecido.
Durante la sesión se estableció que de acuerdo con la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Sinaloa, Adolfo Beltrán Corrales promovió ante este órgano electoral un juicio para la protección de sus derechos políticos electorales en contra de la resolución emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN el pasado 24 de julio de este año, argumentando la privación de su derecho a participar en la elección como presidente del CDM del PAN en Culiacán y consejero estatal.
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Después de la exposición los magistrados le dieron la razón al panista en el sentido de que la Comisión de Justicia del PAN vulneró los principios de exhaustividad y congruencia porque no realizó alguna consideración del total de los agravios expuestos en la demanda del juicio de inconformidad, repitiendo los argumentos que empleó la comisión organizadora para negar la procedencia de registro.