Culiacán, Sin.- La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Angélica Díaz Quiñónez, informó que el Congreso del Estado aprobó 40 millones de pesos para atender a los desplazados y que será la Secretaría de Desarrollo Social la encargada de distribuir dichos recursos.
Por ello, la legisladora del PAS hizo un llamado al gobernador para que no solamente se apliquen los recursos sino que el mandatario estatal busque estrategias para combatir la violencia en la zona serrana
Díaz Quiñonez recordó que la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno. Sinaloa fue aprobada por el congreso el nueve de julio de 2020 y se publicó en el Diario Oficial el 21 de agosto de 2020
Con esta ley, se crea, Registro Estatal para Personas Desplazadas, un Fondo Especial, Programa Estatal, a fin de facilitar la asistencia y ayuda humanitaria y sustentar todas las acciones necesarias que superen las causas de desplazamiento.
“Esa ley y los recursos destinados para ese problema, lo especifica en el artículo cuarto transitorio que dice: El Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Administración y Finanzas del Estado deberá llevar a cabo todos los ajustes presupuestales necesarios para la constitución del Fondo Especial para la Atención y Protección de Personas Desplazadas, en un término de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto”, destacó.
Explicó que se aprobaron 40 millones de pesos pero en los transitorios de la ley se estableció que se va a crear un fondo especial para las víctimas del desplazamiento forzado.
No hay una cantidad específica para la atención a desplazados, dependerá del presupuesto del 2021 que se apruebe y lo más probable es que los 40 millones se mantengan para el siguiente añoDiputada
Los grupos de los mismos desplazados han estado al pendiente de lo que pasa en el congreso en este tema. Los 40 millones de pesos son de este presupuesto.
En la Ley se especifica que el Gobierno del Estado con la concurrencia de los Ayuntamientos, al conocer situaciones de desplazamiento interno, de inmediato brindarán a las personas desplazadas, de manera enunciativa y mínima, las siguientes medidas de asistencia: alimentos y agua potable, alojamiento, ropa y servicios médicos, medicamentos y tratamientos.
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También establece que las personas en situación de desplazamiento no podrán ser obligadas a su retorno, ni recluidas o confinadas en campamentos. El alojamiento que se brinde de manera emergente e inmediata será en edificios públicos, por periodos no mayores a las 72 horas.
La Fiscalía General del Estado emprenderá de oficio en todo caso, las investigaciones sobre los hechos punibles que condujeron al desplazamiento, mismas de las que informará de manera permanente a las personas desplazadas.
El Gobierno del Estado y los Ayuntamientos concurrirán en las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad de las personas en situación de desplazamiento, de manera particular contra la privación ilegal de la libertad, desapariciones forzadas y homicidios, y en general, contra cualquier otra amenaza, durante el desplazamiento, reasentamiento o retorno.
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