/ sábado 26 de octubre de 2024

¿La ciudadanía podría quitar a Rocha de gobernador? Así funciona la revocación de mandato

Se necesita que la solicitud de revocación de mandato sea de al menos un 10% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores del estado

Culiacán, Sin.- El pasado 24 de octubre, en medio de la crisis de inseguridad que vive Sinaloa, un grupo de ciudadanos presentó ante el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES), una solicitud para la revocación de mandato del gobernador Rubén Rocha Moya.

¿Qué es la revocación de mandato?

Es un instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar si una persona que desempeña un cargo público de elección popular debe concluir, de manera anticipada, el cargo para el cual fue electa.

También puedes leer: Ciudadanos gestionan revocación de mandato contra Rubén Rocha Moya

Esto se necesita para llevarla a cabo en Sinaloa:

El inicio del proceso de revocación de mandato podrá solicitarse por una sola ocasión. Además, se necesita que la petición sea de al menos un 10% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores del estado, y que la solicitud corresponda a por lo menos once municipios.

Si se aprueba la solicitud, la jornada de votación se celebraría el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la emisión de la Convocatoria.

El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación.

La participación total de la ciudadanía en el proceso de revocación de mandato debe ser de al menos un 40% de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores, para que el resultado sea vinculatorio.

¿Desde cuándo existe la revocación de mandato en México?

Fue en agosto de 2018, que diputados y diputadas de MC, Morena, PT y PRI presentaron iniciativas para reformar la Constitución de México en materia de revocación de mandato. La reforma fue aprobada y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019.

¿Cuándo se aprobó la revocación de mandato en Sinaloa?

Fue el propio gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, quien mandó al Congreso del Estado una iniciativa de reforma de ley para incluir en la Constitución local la figura de Revocación de Mandato para el titular del Poder Ejecutivo. Ello para estar en sintonía con el ejercicio al que se sometió el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El 23 de enero de 2024 fue aprobada la reforma en Sinaloa, con 37 votos a favor y sin ninguno en contra.

La ciudadanía votó para decidir si AMLO era revocado de su mandato:

El 10 de abril de 2022, la ciudadanía votó en casillas que instaló el INE para contestar la siguiente pregunta: ¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?

Los seguidores de AMLO lo apoyaron masivamente y con un 91.8%; votaron a favor de que continuara en el cargo hasta el fin de su mandato en 2024.

Sin embargo, la participación solo fue de un 17.7%. Para que los resultados de la consulta fueran vinculantes, era necesario que votara al menos el 40% del electorado.

Culiacán, Sin.- El pasado 24 de octubre, en medio de la crisis de inseguridad que vive Sinaloa, un grupo de ciudadanos presentó ante el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES), una solicitud para la revocación de mandato del gobernador Rubén Rocha Moya.

¿Qué es la revocación de mandato?

Es un instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar si una persona que desempeña un cargo público de elección popular debe concluir, de manera anticipada, el cargo para el cual fue electa.

También puedes leer: Ciudadanos gestionan revocación de mandato contra Rubén Rocha Moya

Esto se necesita para llevarla a cabo en Sinaloa:

El inicio del proceso de revocación de mandato podrá solicitarse por una sola ocasión. Además, se necesita que la petición sea de al menos un 10% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores del estado, y que la solicitud corresponda a por lo menos once municipios.

Si se aprueba la solicitud, la jornada de votación se celebraría el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la emisión de la Convocatoria.

El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación.

La participación total de la ciudadanía en el proceso de revocación de mandato debe ser de al menos un 40% de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores, para que el resultado sea vinculatorio.

¿Desde cuándo existe la revocación de mandato en México?

Fue en agosto de 2018, que diputados y diputadas de MC, Morena, PT y PRI presentaron iniciativas para reformar la Constitución de México en materia de revocación de mandato. La reforma fue aprobada y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019.

¿Cuándo se aprobó la revocación de mandato en Sinaloa?

Fue el propio gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, quien mandó al Congreso del Estado una iniciativa de reforma de ley para incluir en la Constitución local la figura de Revocación de Mandato para el titular del Poder Ejecutivo. Ello para estar en sintonía con el ejercicio al que se sometió el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El 23 de enero de 2024 fue aprobada la reforma en Sinaloa, con 37 votos a favor y sin ninguno en contra.

La ciudadanía votó para decidir si AMLO era revocado de su mandato:

El 10 de abril de 2022, la ciudadanía votó en casillas que instaló el INE para contestar la siguiente pregunta: ¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?

Los seguidores de AMLO lo apoyaron masivamente y con un 91.8%; votaron a favor de que continuara en el cargo hasta el fin de su mandato en 2024.

Sin embargo, la participación solo fue de un 17.7%. Para que los resultados de la consulta fueran vinculantes, era necesario que votara al menos el 40% del electorado.

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