Culiacán, Sin.- El diputado Sergio Mario Arredondo demandó hacer efectivo el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes o derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del estado, municipios, dependencias y entidades de las administraciones públicas estatal y municipal y, los organismos constitucionales autónomos.
Por ello, el legislador priista propone expedir la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de Sinaloa y sus municipios, con el objeto de fijar las bases, límites y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización ya que en nuestro estado, subsiste una regulación parcial de la responsabilidad patrimonial, por lo que se hace necesario la expedición de una Ley reglamentaria, del último párrafo, del artículo 130, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
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“No deja de sorprender al suscrito, lo referente a la omisión de casi veinte años, que ha tenido este Congreso del Estado, para legislar y emitir una Ley Reglamentaria donde se establezcan las bases, límites y procedimientos para poder hacer efectivo el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes o derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado”, señala.
Precisa que se debe reconocer el propósito de integrar en nuestro marco normativo la responsabilidad patrimonial del Estado, ya que es una exigencia cada vez más reiterada; primero por lo complejo de la conformación de la actividad del Estado, ya que ello, requiere de sistemas más sencillos y ágiles que permitan proteger a los particulares, y en segundo término, porque la responsabilidad patrimonial, establecida de manera objetiva y directa, se traduce en un mecanismo de equidad en las cargas públicas, evitando que quien sufre un daño, tenga que soportarlo sin una obligación jurídica.
Es necesario, añade, el reconocer que los menos responsables de tales omisiones son los gobernados, por ello, se debe valorar el emitir a la brevedad dicha Ley Reglamentaria, para proporcionar las herramientas necesarias donde se establezcan las bases que se deberán seguir para poder acceder al derecho que tienen quienes resulten afectados por consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado,
“Por ello, es que propongo esta Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de Sinaloa y sus municipios, que consta de 39 artículos de contenido"