Culiacán, Sin.- Al darse primera lectura a iniciativa presentada por el grupo parlamentario del PAS durante la sesión permanente, donde se proponen sanciones a los funcionarios públicos que se nieguen a recibir una denuncia o integrar de manera incorrecta una carpeta de investigación en aquellos delitos como desaparición forzada, violación, feminicidio, violencia familiar o todos aquellos que estén relacionados con la violencia contra las mujeres.
El Partido Sinaloense recuerda que, de acuerdo al INEGI, en enero de 2022 los cinco municipios con las tasas más altas de delitos de violencia familiar por cada 100 mil habitantes fueron Guasave con 25, Ahome con 21, Culiacán con 17, Angostura con 16 y Navolato con 13.
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En la exposición de motivos se advierte que la erradicación de la violencia de género, es el reto de las políticas públicas, en México se ha trabajado para que su legislación federal y local se armonice en el sentido de que, por medio de normas jurídicas, se regule, prevenga y sanción en este tipo de conductas inapropiadas.
“Como experiencia legislativa hemos conocido que muchos de esos delitos quedan impunes y los imputados permanecen sin sufrir una sanción por sus acciones, y bajo estas prácticas las víctimas quedan indefensas ante un sistema que ha lesionado sus derechos humanos como también los procesales”, destaca Angélica Díaz Quiñones, quien es también promovente de esta iniciativa.
En el documento se destaca que el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI), junto con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana, presentaron el estudio en el cual mencionan, que el delito de violencia familiar en enero de 2022, registró un aumento de 23% contra enero de 2021 y del 11% contra diciembre de 2021. La tasa anual acumulada de febrero de 2021 a enero de 2022 fue de casi 174 por cada 100 mil habitantes, superior a la tasa del periodo anual anterior que fue de 147. La tasa estatal en enero fue de 14 denuncias por cada 100 mil habitantes.
Por tal motivo proponen reformar la fracción IV del artículo 326 y el primer párrafo del artículo 327, del Código Penal para el Estado de Sinaloa, a fin de sancionar la omisión u obstrucción en la recepción, integración e investigación, procuración o administración de justicia, de las denuncias por cualquier delito que implique violencia contra las mujeres cometidos por los servidores públicos