Se castigará hasta con siete años de cárcel a quien queme soca

Se perseguirá de oficio  a quienes violen las normas de seguridad de la Ley Ambiental

Irene Medrano Villanueva │ El Sol de Sinaloa

  · jueves 2 de julio de 2020

Foto: Cortesía │ Congreso del Estado

Culiacán, Sin.- Por mayoría el Congreso del Estado aprobó aumentar sanciones a delitos ambientales y perseguirlos de oficio, como la quema de soca y esquilmos agrícolas, al reformar la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa donde se establece de uno a siete años de presión.

En el dictamen se establece entre otras conductas que deben ser sancionadas la de aquellas personas que sin contar con las autorizaciones respectivas o violando las normas de seguridad de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa, realice, autorice u ordene la realización de actividades que conforme a ese mismo ordenamiento se consideren como riesgosas, ocasionen daños a las personas, la flora, la fauna o los ecosistemas, se aplicará pena de uno a siete años de prisión y una multa de quinientas a tres mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

La reforma establece además las penas podrían aumentarse una tercera parte más, cuando quien cometa el delito sea servidor público cuya obligación sea proteger el medio ambiente y que teniendo conocimiento de este ilícito, omita realizar las funciones propias de su encargo para prevenir, solucionar y sancionar al o los responsables.

Las iniciativas de reforma fueron presentadas por separado por los diputados del PAN, Roxana Rubio Valdez y Jorge Iván Villalobos Seáñez; y la legisladora del PAS, Angélica Díaz Quiñónez.

Después el Pleno aprobó el dictamen presentado por las Comisiones, de Puntos Constitucionales y Gobernación, Justicia y de Ecología y Desarrollo Sustentable, que presiden Horacio Lora Oliva, Alma Rosa Garzón Aguilar y Roxana Rubio Valdez, respectivamente.

El diputado Apolinar García quien votó en contra, cuestionó que en el dictamen no se explicó el criterio para aumentar la penalidad con cárcel y multas, y que se le quitaron atribuciones en recaudación a los municipios por multas en caso de podas y derivación de árboles en parque y jardines, además de que no existe claridad que los montos por multas van a ser dirigidas a un fondo ambiental, por lo que consideró que es recaudatorio y punitivo.

Con 32 votos, el Pleno aprobó dictamen que deroga el Capítulo de Sanciones Penales de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa, cuyos delitos adiciona en el Código Penal, en una Sección y un Capítulo Único denominados, Delitos Contra el Medio Ambiente y Delitos Ambientales, respectivamente.

Con esta adición incorporada al Código Penal, el bien jurídico que las diputadas y diputados buscan proteger, es la salud pública, los recursos naturales, la fauna, la flora, los ecosistemas y en general el ambiente.



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Foto: Jesús Verdugo │ El Sol de Sinaloa

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