/ martes 22 de marzo de 2022

Sin entregar al IPES Mil 339 millones del ejercicio fiscal 2012 y 2016

Sergio Mario Arredondo señaló que también están pendientes 71 millones de pesos del ejercicio 2020, por ello, presentó una iniciativa para sancionar a quien retenga salarios

Culiacán, Sin.-El presidente de la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado, Sergio Mario Arredondo Salas, advirtió que, de acuerdo a la Auditoría Superior del Estado, en el Informe Individual de la Revisión y Fiscalización Superior de la cuenta pública 2020, del Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa, del 01 de enero de 2020 se refleja un saldo pendiente de enterar al Instituto de Pensiones, de Mil 339 millones 176 mil pesos correspondiente a ejercicios del 2012 al 2016 y un saldo pendiente de enterar al 31 de diciembre de 2021 del ejercicio 2020 de 71 millones 683 mil772 pesos.

Por ello, lamentó que las retenciones realizadas a los sueldos de los trabajadores no son enteradas al Instituto de Pensiones, ocasionando con esto un gran desfalco a dicho Instituto, por ello, informó que presentó una iniciativa que tiene por objeto, que la omisión de enterar en tiempo y forma ante el Instituto de Pensiones, las aportaciones o cuotas que se realicen al salario de los trabajadores, constituya una falta administrativa grave.

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El diputado del PRI explicó que la ASE de manera constante al revisar y fiscalizar las cuentas públicas de Gobierno del Estado, ha presentado observaciones sobre las retenciones realizadas a los sueldos de los trabajadores y no enteradas al Instituto de Pensiones, ocasionando con esto un gran desfalco a dicho Instituto, y esto, dijo, lo vienen realizando de manera recurrente, sin que al día de hoy se haya castigado por eso a algún servidor público, en gran medida también, por no existir en las leyes vigentes alguna sanción establecida.

Destacó que se hace necesario revisar y actualizar el marco normativo de la entidad, en materia de pensiones, para otorgar certeza jurídica a las trabajadoras y trabajadores de los tres poderes del Gobierno del Estado, los órganos autónomos constitucionales del Estado de Sinaloa, los organismos descentralizados del Estado y los que por leyes, decretos, reglamentos o convenios lleguen a establecer su aplicación, del destino que se le debe de dar a sus descuentos y que vayan directamente a las arcas del Instituto de Pensiones.

Arredondo Salas explicó que presentó ante la Oficialía de Partes del Congreso del estado una iniciativa con proyecto de Decreto, en la que se propone reformar el artículo 11 de la Ley de Pensiones del Estado de Sinaloa, así como el artículo 54 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa, y adicionar el artículo 64 Bis a esta Ley.

La Iniciativa 

El diputado priista dijo que esta iniciativa además tiene por objeto que se contemple como desvío de recursos públicos, el otorgamiento o autorización, para sí o para otros, del pago de una remuneración en contravención con los tabuladores que al efecto resulten aplicables, así como el otorgamiento o autorización, para sí o para otros, de pagos de jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos que no estén previstos en ley, decreto legislativo, contrato colectivo, contrato ley o condiciones generales de trabajo.

De igual manera, explicó, con esta reforma se estaría armonizando la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa, con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en un tema de suma importancia como lo es, la omisión de los Empleadores de enterar en tiempo y forma ante el Instituto de Pensiones, las aportaciones o cuotas que se realicen al salario de los trabajadores, asimismo, establecer como desvío de recursos públicos, nuevas causales que ya señala la Ley General.

“Con esta iniciativa los servidores públicos encargados de enterar las cuotas y aportaciones de los burócratas, al Instituto de Pensiones que omitan este trámite incurrirán en una falta administrativa grave, la cual se puede sancionar con: Suspensión del empleo, cargo o comisión, destitución del empleo, cargo o comisión, sanción económica e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas”, indicó.

Culiacán, Sin.-El presidente de la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado, Sergio Mario Arredondo Salas, advirtió que, de acuerdo a la Auditoría Superior del Estado, en el Informe Individual de la Revisión y Fiscalización Superior de la cuenta pública 2020, del Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa, del 01 de enero de 2020 se refleja un saldo pendiente de enterar al Instituto de Pensiones, de Mil 339 millones 176 mil pesos correspondiente a ejercicios del 2012 al 2016 y un saldo pendiente de enterar al 31 de diciembre de 2021 del ejercicio 2020 de 71 millones 683 mil772 pesos.

Por ello, lamentó que las retenciones realizadas a los sueldos de los trabajadores no son enteradas al Instituto de Pensiones, ocasionando con esto un gran desfalco a dicho Instituto, por ello, informó que presentó una iniciativa que tiene por objeto, que la omisión de enterar en tiempo y forma ante el Instituto de Pensiones, las aportaciones o cuotas que se realicen al salario de los trabajadores, constituya una falta administrativa grave.

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El diputado del PRI explicó que la ASE de manera constante al revisar y fiscalizar las cuentas públicas de Gobierno del Estado, ha presentado observaciones sobre las retenciones realizadas a los sueldos de los trabajadores y no enteradas al Instituto de Pensiones, ocasionando con esto un gran desfalco a dicho Instituto, y esto, dijo, lo vienen realizando de manera recurrente, sin que al día de hoy se haya castigado por eso a algún servidor público, en gran medida también, por no existir en las leyes vigentes alguna sanción establecida.

Destacó que se hace necesario revisar y actualizar el marco normativo de la entidad, en materia de pensiones, para otorgar certeza jurídica a las trabajadoras y trabajadores de los tres poderes del Gobierno del Estado, los órganos autónomos constitucionales del Estado de Sinaloa, los organismos descentralizados del Estado y los que por leyes, decretos, reglamentos o convenios lleguen a establecer su aplicación, del destino que se le debe de dar a sus descuentos y que vayan directamente a las arcas del Instituto de Pensiones.

Arredondo Salas explicó que presentó ante la Oficialía de Partes del Congreso del estado una iniciativa con proyecto de Decreto, en la que se propone reformar el artículo 11 de la Ley de Pensiones del Estado de Sinaloa, así como el artículo 54 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa, y adicionar el artículo 64 Bis a esta Ley.

La Iniciativa 

El diputado priista dijo que esta iniciativa además tiene por objeto que se contemple como desvío de recursos públicos, el otorgamiento o autorización, para sí o para otros, del pago de una remuneración en contravención con los tabuladores que al efecto resulten aplicables, así como el otorgamiento o autorización, para sí o para otros, de pagos de jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos que no estén previstos en ley, decreto legislativo, contrato colectivo, contrato ley o condiciones generales de trabajo.

De igual manera, explicó, con esta reforma se estaría armonizando la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa, con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en un tema de suma importancia como lo es, la omisión de los Empleadores de enterar en tiempo y forma ante el Instituto de Pensiones, las aportaciones o cuotas que se realicen al salario de los trabajadores, asimismo, establecer como desvío de recursos públicos, nuevas causales que ya señala la Ley General.

“Con esta iniciativa los servidores públicos encargados de enterar las cuotas y aportaciones de los burócratas, al Instituto de Pensiones que omitan este trámite incurrirán en una falta administrativa grave, la cual se puede sancionar con: Suspensión del empleo, cargo o comisión, destitución del empleo, cargo o comisión, sanción económica e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas”, indicó.

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