Tener tatuaje visible no será limitante para pertenecer a una institución policial

El diputado local, Mario Rafael González Sánchez busca quitar ese apartado

El Sol de Sinaloa

  · miércoles 24 de julio de 2019

Fotos: Cortesía

Culiacán, Sin. - La Comisión de Seguridad Pública, que preside el diputado Mario Rafael González Sánchez, dictaminó eliminar el tatuaje como limitante para pertenecer en Sinaloa a las instituciones policiales.

En la sesión de este miércoles 24 de julio, la Comisión de Seguridad aprobó un dictamen que deroga la fracción V del Artículo 244, de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa.

La ley actual en su artículo 244 hace referencia a los requisitos para los aspirantes a pertenecer a las instituciones policiales.

En la fracción V del artículo 244 el requisito que se exige es no contar con tatuajes permanentes que resulten visibles aun vistiendo el pantalón y la camisa de manga corta de la policía preventiva.

Filiberto Sánchez Bernal, el jefe de departamento de salud de niños y adolescentes. Foto: Efrén Cárdenas

Mario Rafael González Sánchez, Jesús Palestino Carrera, Guadalupe Iribe Gascón y Mariana de Jesús Rojo Sánchez dictaminaron derogar la fracción V del Artículo 244 de la Ley de Seguridad.

El siguiente paso es presentar el dictamen ante el Pleno del Congreso del Estado donde será leído, discutido y finalmente votado.

A la Comisión le fue turnada para su estudio y elaboración de dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que propone derogar la fracción V del artículo 244 de la Ley de Seguridad Pública, presentada por la ciudadana Emma Karina Millán Bueno.

Esta Comisión dictaminadora coincide con la propuesta relativa con derogar el requisito para los aspirantes a pertenecer a las instituciones policiales, de no contar con tatuajes permanentes que resulten visibles aun vistiendo el pantalón y la camisa de manga corta de la policía preventiva.

Al respecto el artículo 123 de la Constitución Federal, señala entre otros aspectos, que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.

En ese orden se considera pertinente la propuesta para derogar la fracción V del artículo 244 de la Ley de Seguridad Pública del Estado, considerando que la igualdad y la no discriminación son principios básicos de las normas internacionales de derechos humanos.

Toda persona, sin distinción, tiene derecho a disfrutar de todos los derechos humanos, incluidos el derecho a la igualdad de trato ante la ley y el derecho a ser protegido contra la discriminación por diversos motivos, incluidos los del trabajo.



Esta Comisión reconoce la importancia de garantizar medidas progresivas tendientes a cerrar brechas de desigualdad que afectan a la población y promover con ello un cambio cultural.

Asimismo, considera que el derecho al trabajo, es un derecho fundamental y esencial para la realización de otros, motivo por el cual la imagen personal no debe constituir formas de discriminación laboral ni de ninguna otra índole.

Esta Comisión de Seguridad Pública resolvió pertinente derogar la fracción V del artículo 244 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa.



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