/ viernes 30 de septiembre de 2022

Tribunal colegiado da revés al Congreso en juicio político contra Estrada Ferreiro

Son irrevisables los actos emitidos por el Congreso en juicio político, resolvió el tribunal colegiado de circuito con residencia en Mazatlán

Culiacán, Sin.- En sesión, el pasado 22 de septiembre del 2022, el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa resolvió la queja 177/2022 interpuesta por el Congreso del Estado de Sinaloa, y determinó que si son revisables los actos intraprocesales en el Juicio Político contra el exalcalde de Culiacán Jesús Estrada Ferreiro.

Declarando infundada la queja del Congreso del Estado en contra del amparo admitido por el Juzgado Primero de Distrito que ordenó suspender la emisión de una resolución en el Juicio Político JP/004/2022 hasta en tanto resuelva sobre la constitucionalidad del acto.

También puedes leer: Estrada Ferreiro, el alcalde defenestrado de Culiacán (ENTREVISTA)

El Colegiado de Circuito dejó claro que los actos que emita el Congreso no pueden ser arbitrarios y, por lo tanto, son revisables en la vía jurisdiccional, garantizando así, el acceso efectivo a la justicia al subsistir la admisión de la demanda de amparo promovida por el exalcalde, radicada en el Juzgado Primero de Distrito bajo el expediente 554/202 acumulado al amparo 494/2022.

Son irrevisables los actos emitidos por el congreso del estado. Foto: Cortesía | Despacho JEF


Dicha resolución, queda en favor de Estrada Ferreiro.

Cabe señalar que lo anterior podría dejar expuesto que los 40 diputados de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado actúan por consigna.

Solo bastaría que el exalcalde Estrada Ferreiro presente la querella y las demandas correspondientes para finalizar el proceso en su contra.

Culiacán, Sin.- En sesión, el pasado 22 de septiembre del 2022, el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa resolvió la queja 177/2022 interpuesta por el Congreso del Estado de Sinaloa, y determinó que si son revisables los actos intraprocesales en el Juicio Político contra el exalcalde de Culiacán Jesús Estrada Ferreiro.

Declarando infundada la queja del Congreso del Estado en contra del amparo admitido por el Juzgado Primero de Distrito que ordenó suspender la emisión de una resolución en el Juicio Político JP/004/2022 hasta en tanto resuelva sobre la constitucionalidad del acto.

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El Colegiado de Circuito dejó claro que los actos que emita el Congreso no pueden ser arbitrarios y, por lo tanto, son revisables en la vía jurisdiccional, garantizando así, el acceso efectivo a la justicia al subsistir la admisión de la demanda de amparo promovida por el exalcalde, radicada en el Juzgado Primero de Distrito bajo el expediente 554/202 acumulado al amparo 494/2022.

Son irrevisables los actos emitidos por el congreso del estado. Foto: Cortesía | Despacho JEF


Dicha resolución, queda en favor de Estrada Ferreiro.

Cabe señalar que lo anterior podría dejar expuesto que los 40 diputados de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado actúan por consigna.

Solo bastaría que el exalcalde Estrada Ferreiro presente la querella y las demandas correspondientes para finalizar el proceso en su contra.

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