/ martes 19 de junio de 2018

Guillermo Padrés no abandonará la cárcel; aún tiene pendiente otro proceso legal

El exgobernador de Sonora todavía tiene abierta la investigación por presunto lavado de dinero por 10 mdp

El Décimo Tribunal Colegiado declaró infundado el recurso de inconformidad que interpuso la Procuraduría General de la República (PGR) contra la decisión del juez Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales que dejó sin efecto el auto de formal prisión dictado a Guillermo Padrés Elías, exgobernador de Sonora, por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal equiparada por 8.8 millones de dólares.

Sin embargo, como lo informa El Sol de Hermosillo, dicha resolución no implica que el exmandatario abandone el Reclusorio Oriente en la Ciudad de México, donde se encuentra desde noviembre de 2016, debido a que aún tiene pendiente otro proceso en un juzgado de Toluca por lavado de dinero de más de 10 millones de pesos.

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Los magistrados detallaron que el juzgado decimosegundo de Distrito no incurrió en un exceso al excluir las pruebas recabadas contra Padrés Elías por el agente del Ministerio Público Federal, ya que al dejarle plenitud de jurisdicción, el impartidor de justicia valoró y analizó los medios de prueba que obran en la causa penal, para después determinar cuáles debían excluirse.

Ante ello, el Tribunal destacó que al resultar infundados e inoperantes los agravios de la PGR, y no existir causa para suplir la deficiencia de la queja, se estima que el recurso de inconformidad.


El Décimo Tribunal Colegiado declaró infundado el recurso de inconformidad que interpuso la Procuraduría General de la República (PGR) contra la decisión del juez Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales que dejó sin efecto el auto de formal prisión dictado a Guillermo Padrés Elías, exgobernador de Sonora, por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal equiparada por 8.8 millones de dólares.

Sin embargo, como lo informa El Sol de Hermosillo, dicha resolución no implica que el exmandatario abandone el Reclusorio Oriente en la Ciudad de México, donde se encuentra desde noviembre de 2016, debido a que aún tiene pendiente otro proceso en un juzgado de Toluca por lavado de dinero de más de 10 millones de pesos.

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Los magistrados detallaron que el juzgado decimosegundo de Distrito no incurrió en un exceso al excluir las pruebas recabadas contra Padrés Elías por el agente del Ministerio Público Federal, ya que al dejarle plenitud de jurisdicción, el impartidor de justicia valoró y analizó los medios de prueba que obran en la causa penal, para después determinar cuáles debían excluirse.

Ante ello, el Tribunal destacó que al resultar infundados e inoperantes los agravios de la PGR, y no existir causa para suplir la deficiencia de la queja, se estima que el recurso de inconformidad.


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