A fin de precisar en la ley un procedimiento específico, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que establezca cómo podrá introducirse a un sujeto en la lista de personas bloqueadas como medida cautelar, el Senado de la República aprobó un dictamen de las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se adiciona un capítulo a la Ley de Instituciones de Crédito.
En votación nominal, con 64 votos a favor, 36 en contra y cuatro abstenciones, se determinó agregar el Capítulo V de dicha ley, denominado "De la Garantía de Audiencia de las personas".
Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, quien presentó el dictamen ante el Pleno, dijo que estos cambios son necesarios, ya que es importante establecer mecanismos legales que favorezcan la detección, prevención y bloqueo de operaciones con recursos de procedencia ilícita, pues vulneran y pervierten al sistema financiero del país.
Detalló que en diciembre de 2014, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP, inició el congelamiento administrativo de cuentas de gente incluida en la lista de personas bloqueadas, por lo que 2 mil 56 cuentas fueron congeladas.
De estas, dijo 2 mil 20 eran cuentas bancarias y de estas se desprendió que las designaciones en la lista se relacionaron con el tráfico de drogas, corrupción, grupos de delincuencia organizada y delitos fiscales.
Por ello, en el dictamen aprobado y turnado a la Cámara de Diputados contempla que la Secretaria de Hacienda puede realizar esta acción cuando cuenta con indicios suficientes de que una persona está relacionada con delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.
El procedimiento
Posteriormente, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), tendrá 15 días hábiles para emitir la resolución administrativa en la que se fundamente la inclusión del interesado a la lista de personas con recursos bloqueados, y si procede o no su eliminación de dicha lista.
En la misma resolución administrativa, en términos de la Ley Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución, la SHCP podrá promover la extinción de dominio de los recursos bloqueados.
En caso de que haya inconformidad por la resolución, se podrá impugnar en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, como establece el dictamen aprobado este martes.
PAN confronta y dice que es inconstitucional
En este sentido, el senado del PAN, Damián Zepeda Vidales, advirtió que el dictamen busca regular el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, que faculta a la Secretaría de Hacienda para bloquear cuentas bancarias, “pero este artículo ya fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Dijo que una autoridad administrativa no tiene la atribución para aplicar una medida cautelar, como el bloqueo de una cuenta bancaria, porque estaría prejuzgando sobre la comisión de un delito.
PRI pide respeto a derechos de personas
Al fijar la postura del PRI, la senadora Vanessa Rubio refirió que están de acuerdo en que se realice un ataque frontal a la corrupción, al lavado de dinero y al desvío de recursos, pero alertó que es importante que se garanticen y respeten los derechos de las personas, para no ser violentados en su propiedad, recursos e integridad.
Morena alerta de millones de reportes sobre lavado de dinero
La senadora de Morena, Marybel Villegas Canché destacó que el año pasado se recibieron 22 millones de reportes sobre posibles actividades relacionadas con el lavado de dinero. Sin embargo, sólo fueron presentadas 70 denuncias ante la extinta Procuraduría General de la República y sólo 39 fueron investigadas por el Ministerio Público.
Estos datos, acotó la legisladora de Morena, revelan la falta de mecanismos legales que favorezcan la detección, prevención y bloqueo de las operaciones con recursos de procedencia ilícita. “De ahí la necesidad de fortalecer el régimen de prevención y combate al lavado de dinero”, enfatizó.