/ viernes 13 de octubre de 2017

Aprueban en la Cámara de Diputados ley de desaparición forzada

Crean el delito de desaparición forzada y se impondrán penas de 25 a 50 años de prisión y hasta ocho mil días de multa

La Cámara de Diputados aprobó y turnó al Ejecutivo la nueva Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con el documento aprobado, aquellos que incurran en este delito serán acreedores a una pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días multa, la cual se puede aumentar hasta en una mitad cuando la víctima pierda la vida, sea migrante, menor de edad, mujer, persona con discapacidad, adulto mayor, periodista o defensor de derechos humanos.

La minuta también reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, para armonizar estos ordenamientos con la nueva legislación, principalmente, en lo concerniente a las sanciones por el delito de desaparición forzada y el tratamiento de cadáveres de personas no identificadas.

Dicho dictamen de minuta que turnó el Senado, se aprobó en lo general por unanimidad, sin cambios, con 397 votos a favor, y tras retirarse y rechazarse 54 reservas, se avaló en lo particular, también por unanimidad, con 361 votos a favor, y se turnó al Ejecutivo.

Se crean el Sistema Nacional de Búsqueda de personas, la Comisión Nacional de Búsqueda, un Consejo Ciudadano y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Establece la distribución de competencias y la coordinación entre autoridades de los distintos órdenes de gobierno, para combatir el crimen, e incrementa las penas para quienes cometan este delito.

A la desaparición forzada cometida por particulares se le impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa.

Se crea también el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, cuyo objetivo es diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los recursos del Estado mexicano, a fin de establecer las bases generales, políticas públicas y procedimientos entre autoridades de todos los órdenes de gobierno, para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

Una de las características fundamentales de la legislación es la investigación de los delitos a través de una Fiscalía Especializada, adscrita a la Procuraduría General de la República y a las procuradurías locales, a fin de tener autoridades especializadas.

La Cámara de Diputados aprobó y turnó al Ejecutivo la nueva Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con el documento aprobado, aquellos que incurran en este delito serán acreedores a una pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días multa, la cual se puede aumentar hasta en una mitad cuando la víctima pierda la vida, sea migrante, menor de edad, mujer, persona con discapacidad, adulto mayor, periodista o defensor de derechos humanos.

La minuta también reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, para armonizar estos ordenamientos con la nueva legislación, principalmente, en lo concerniente a las sanciones por el delito de desaparición forzada y el tratamiento de cadáveres de personas no identificadas.

Dicho dictamen de minuta que turnó el Senado, se aprobó en lo general por unanimidad, sin cambios, con 397 votos a favor, y tras retirarse y rechazarse 54 reservas, se avaló en lo particular, también por unanimidad, con 361 votos a favor, y se turnó al Ejecutivo.

Se crean el Sistema Nacional de Búsqueda de personas, la Comisión Nacional de Búsqueda, un Consejo Ciudadano y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Establece la distribución de competencias y la coordinación entre autoridades de los distintos órdenes de gobierno, para combatir el crimen, e incrementa las penas para quienes cometan este delito.

A la desaparición forzada cometida por particulares se le impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa.

Se crea también el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, cuyo objetivo es diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los recursos del Estado mexicano, a fin de establecer las bases generales, políticas públicas y procedimientos entre autoridades de todos los órdenes de gobierno, para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

Una de las características fundamentales de la legislación es la investigación de los delitos a través de una Fiscalía Especializada, adscrita a la Procuraduría General de la República y a las procuradurías locales, a fin de tener autoridades especializadas.

Local

Inicia el próximo sábado la reposición de cámaras de videovigilancia en Culiacán

El secretario de Seguridad informó que se cuenta con la suficiencia presupuestaria para iniciar con la reposicion de las cámaras de videovigilancia en la ciudad

Local

“Vamos a escuchar las críticas”: Rocha sobre su comparecencia por tercer informe

La comparencia en el palacio legislativo está programada para el próximo 29 de noviembre

Cultura

Concluye con éxito la 23º edición de la Feria del Libro Los Mochis 2024

Las presentaciones de libros, espectáculos infantiles y múltiples conciertos musicales, así como uno dancístico formaron parte de este capítulo

Local

“Pity” Velarde deja Turismo y va a Economía: hay cambios en el gabinete estatal

Rocha Moya tomó protesta también a la nueva titular de la Secretaría de Turismo

Policiaca

Joven de 17 años resultó herido tras resistirse a un asalto

El herido arribó a la Cruz Roja de la colonia centro

Local

“Hacen política a costa del dolor de los sinaloenses”: responde Rocha por críticas por inseguridad

El gobernador de Sinaloareconoció que es obligación del gobierno proteger a la ciudadanía