/ martes 3 de julio de 2018

Nuevo fallo de Suprema Corte favorece a Cuauhtémoc Blanco

Se determinó que el decreto por el que se expidió no fue refrendado por el Secretario del ramo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

Policiaca

Asesinan a un menor de edad en Prados del Sur; había un arma cerca del cuerpo

El joven fue hallado muerto con impactos de bala mientras otro menor fue herido, según reportaron autoridades

Policiaca

Hombre es ejecutado a las afueras de una ‘jugada’ en la colonia 10 de Mayo de Culiacán

Los culpables iban a bordo de motocicletas, de acuerdo con la información proporcionada por la PEP

Policiaca

Bloqueo paraliza la carretera internacional México 15

Grupo armado incendia camiones en bloqueo; autoridades atienden el incidente sin reportes de lesionados

Policiaca

Desaparición de policías estatales en Culiacán moviliza a las autoridades

Autoridades implementan operativo sin resultados hasta el momento

Cultura

Inicia el 22º Encuentro Internacional de Danza Solistas y Duetos en Culiacán

La inauguración del Encuentro Internacional de Danza viene con mucho talento, premiaciones, y eventos gratuitos

Cultura

Alfonso Orejel charlará en beneficio de una mejor educación infantil

El Instituto Sinaloense de Cultura y el Sistema DIF Baja California se unieron en busca de fomentar la sensibilización de personal educativo sobre la importancia de enseñar con calidad